Nueva Ordenanza municipal de conservación e inspección técnica de las edificaciones del municipio de Málaga



Ordenanza municipal de conservación e inspección técnica de las edificaciones del municipio de Málaga

El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 25 de noviembre de 2013 publica la nueva Ordenanza municipal de conservación e inspección técnica de las edificaciones del municipio de Málaga, cuya entrada en vigor se producirá a los 15 días de la publicación oficial. En el archivo adjunto a este correo puede consultarse el texto íntegro.

Esta nueva ordenanza, que deroga a la actualmente vigente, modifica el calendario de inspecciones fijando la fecha para la primera inspección técnica de la edificación de la siguiente forma:

- Edificios construidos o rehabilitados integralmente entre 1957 y 1962 (*): 31 de enero de 2014
- Edificios construidos o rehabilitados integralmente en 1963 o en años posteriores: 31 de enero del año siguiente al que se cumplan 50 años desde la construcción o rehabilitación integral.

(*) Los edificios construidos con anterioridad a 1957 ya deben disponer de la inspección técnica correspondiente al calendario de la ordenanza derogada.

La Ordenanza fiscal Nº 15. Tasas por actuaciones urbanísticas establece una diferencia entre la tramitación de informes favorables e informes desfavorables, resultando una tasa en el primero de los casos de 30,00 euros y en el segundo de 50,00 euros más la tasa posterior correspondiente a las obras de reparación.

En los próximos días, la web de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga podrá a disposición de técnicos competentes los nuevos modelos de informe, que simplifican el contenido en el caso de las inspecciones favorables.

Nueva Ordenanza de Inspección Técnica de la Edificación de Marbella



Adjuntamos el texto publicado hoy en el Boletín de la Provincia de Málaga de la Ordenanza de Inspección Técnica de la Edificación de Marbella.

La norma entra en vigor el próximo día 1 de diciembre 2013.

Más información en la página web del Ayuntamiento deMarbella

Ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes, uso residencial y Hotelero.

En el siguiente enlace:

http://www.idae.es/index.php/id.745/mod.pags/mem.detalle?idnotcom=359

Se pueden consultar las ayudas  para la rehabilitación energética de edificios existentes, uso residencial y Hotelero.

En la página web del Insituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), se puede consultar las condiciones del programa, cuyo plazo de vigencia está comprendido entre el 2 de octubre de 2013 y el 30 de octubre de 2015.

La Junta de Andalucía presenta un decálogo de acciones para fomentar la ciudad sostenible y la vivienda digna mediante la rehabilitación.

CONSTRUIBLE - 10/10/2013 10:20:00 La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha presentado un decálogo de acciones para propiciar un cambio del modelo de las ciudades "desde la especulación en la construcción a la cultura de la rehabilitación". La Consejería ha presentado el decálogo en el marco de las jornadas "Del Urbanismo a la Ciudadanía. Reflexiones del fenómeno urbano en el SXXI", inauguradas por el viceconsejero de Fomento y Vivienda, José Antonio García Cebrián, y que constituyen una plataforma donde expertos, arquitectos, creativos, administraciones y colectivos sociales exponen sus ideas sobre hacia dónde deben evolucionar las políticas de vivienda y espacios públicos. Cartel jornadas "Del Urbanismo a la Ciudadanía. Reflexiones del fenómeno urbano en el SXXI" La directora general de Rehabilitación y Arquitectura, Gaia Redaelli, ha sido la encargada de presentar el decálogo de líneas de acción promovidas por el departamento que dirige Elena Cortés para implantar fórmulas alternativas de gestión urbana que respondan a un nuevo modelo de ciudad, con espacios públicos y viviendas al servicio de las necesidades de la ciudadanía. Los objetivos que se persiguen son, según ha explicado Redaelli, “alcanzar un modelo de ciudad europea sostenible, compacta, repoblada en sus centros históricos, con viviendas que se distingan por su eficiencia energética; reconvertir el empleo del sector de la construcción hacia la rehabilitación; reintroducir el paisaje en la ciudad, después de que haya sido la ciudad la que durante años ha depredado el paisaje; y, además, intervenir en el sector poblacional más vulnerable, como es el caso del parque público de vivienda y de la infravivienda”. Es precisamente la rehabilitación del parque residencial existente el primero de los puntos que presenta el decálogo, que plantea la necesidad de abandonar el consumo de más suelo y optar por una nueva oferta de vivienda digna que procure la sostenibilidad urbana. Redaelli ha explicado que el parque residencial existente constituye el soporte principal y más sostenible para cumplir la función social de la vivienda, mediante el fomento del alquiler y la rehabilitación sostenible. “Con ello garantizamos la función social de la vivienda, evitando que haya casas vacías y familias sin hogar, motivos que han fundamentado la Ley 6/2013 aprobada recientemente por el Parlamento andaluz”, ha afirmado Redaelli, quien ha hecho mención a otro de los puntos recogidos en el decálogo, como es la rehabilitación del parque público residencial, “donde gestionamos 80.000 viviendas en más de 500 municipios, que albergan a 350.000 personas". La reactivación residencial física de áreas urbanas degradadas en desuso o con potencialidades mediante actuaciones de rehabilitación urbana sostenible es otra de las medidas recogidas en el documento de la Consejería, donde además se plantean acciones relacionadas con ésta, como la generación de empleo y la oportunidad de reconversión del mercado de trabajo del sector de la construcción, la rehabilitación energética del parque residencial, con la mejora de los edificios y la apuesta por las energías renovables; y la eliminación de la infravivienda partiendo de la profundización en el conocimiento de las distintas situaciones en colaboración con las administraciones locales. “En definitiva, defendemos la cultura de la rehabilitación mediante asesoría técnica o investigación en I+D+i que promuevan un cambio en el modelo productivo”, ha añadido Redaelli. Trasladar estas actuaciones a los espacios públicos colectivos es otra de las líneas estratégicas de la Consejería de Fomento y Vivienda, de manera que se amplíe la dotación de edificios colectivos para la activación social y cultural y el fomento de la participación ciudadana. “Todas estas acciones deben realizarse bajo el paraguas de dos acciones más recogidas en el decálogo, como son el desarrollo de políticas interadministrativas y transversales, donde estén involucrados agentes políticos, económicos, sociales, así como la cooperación interdepartamental de la Junta de Andalucía; y facilitando la acción rehabilitadora mediante políticas que involucren a los ciudadanos en el mantenimiento, conservación y rehabilitación”, ha señalado la directora general de Rehabilitación y Arquitectura. Los diez puntos del decálogo son: Priorizar la rehabilitación del parque residencial existente frente a la construcción de nueva planta. Fomentar la reactivación residencial física, pero también social, económica y ambiental de áreas urbanas degradadas, en desuso o con potencialidades y oportunidades, mediante actuaciones de rehabilitación urbana sostenible. Generar empleo sostenible. Potenciar la rehabilitación como actividad generadora de empleo sostenible y oportunidad de reconversión del mercado de trabajo del sector de la construcción, especialmente castigado por el desempleo. Fomentar la rehabilitación energética del parque residencial existente mediante actuaciones dirigidas a la mejora de la eficiencia energética de los edificios y el uso de energías renovables, además de Conservación y Accesibilidad. Priorizar la conservación, el mantenimiento y rehabilitación del Parque Público Residencial como instrumento público de acceso a la vivienda para los sectores de la población con mayores dificultades, mejorando sus condiciones de habitabilidad y eficiencia energética. Impulsar medidas tendentes a la progresiva eliminación de la infravivienda mediante la profundización en el conocimiento de la situación y el establecimiento de instrumentos de actuación basados en la colaboración entre la administración autonómica y los ayuntamientos. Impulsar la rehabilitación y mejora energética de los equipamientos que amplíen la dotación de edificios colectivos para la activación social y cultural, y del espacio público como tejido conectivo de las ciudades. Promover la cultura de la rehabilitación. Acciones de fomento y sensibilización, asesoría técnica así como investigación en I+D+i en temas de mejora energética y acciones que promuevan la cultura de la rehabilitación hacia el cambio de modelo productivo. Promover la acción común mediante la colaboración y participación real y efectiva de todas las administraciones públicas, agentes, asociaciones y movimientos relacionados con el ámbito de la vivienda y la rehabilitación, así como la cooperación interdepartamental de la Administración de la Junta de Andalucía. Facilitar la acción rehabilitadora. Incidir en las administraciones competentes en materia fiscal para el establecimiento de medidas que procuren favorecer el cumplimiento de los deberes de los propietarios en relación al mantenimiento, conservación y rehabilitación. Enlaces externos: www.juntadeandalucia.es

Anuncio de modificación de la Ordenanza de conservación e inspección técnica de edificios de Málaga

La página web del Ayuntamiento de Málaga incluye un anuncio con aclaraciones sobre la modificación de la Ordenanza de conservación e inspección técnica de las edificaciones del municipio de Málaga, en el que se especifica lo siguiente: "El 26 de septiembre pasado se aprobó definitivamente una nueva Ordenanza Municipal de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones. Esta nueva Ordenanza entrará en vigor a los 15 días de su publicación en el BOP (prevista para el mes de noviembre de 2013). A partir de ese momento, sólo los edificios con más de 50 años de antigüedad estarán obligados a ser inspeccionados (en esta convocatoria los construidos entre los años 1957 y 1962, ambos inclusive). Los edificios construidos en el año 1963 y siguientes no tienen que pasar la ITE en esta convocatoria. Además, el plazo de presentación no finaliza el 31 de diciembre de 2013. Se ha retrasado un mes por lo que los propietarios de los edificios obligados en esta campaña tienen de plazo para presentar la ITE hasta el 31 de enero de 2014. Por último, la nueva Ordenanza supone también un cambio en la tramitación administrativa de los expedientes. Previo a la presentación de la documentación de la ITE, ésta ha de ser revisada formalmente por el personal de la GMU. Por ello, los interesados han de dirigirse a los puestos habilitados para ello en nuestras oficinas, sitas en Paseo Antonio Machado 12"

Aprobado en el Senado el Proyecto de Ley de de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

ESEFICIENCIA - 25/06/2013 10:00:00 En el día de ayer se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes, la aprobación del Proyecto de Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, tras la sesión celebrada el día 19 de junio de 2013. La aprobación no ha introducido enmiendas en el texto remitido por el Congreso de los Diputados. El proyecto, que será Ley en cuanto se publique en el BOE, establece mecanismos que permitirán poner en práctica desde las operaciones más sencillas, que afectan a la rehabilitación de un edificio, a las más completas, que van desde la regeneración de tejidos urbanos ya existentes a la reurbanización de zonas más amplias dentro de las ciudades. Estas operaciones contribuirán al fomento de la calidad, la sostenibilidad y la competitividad, tanto en la edificación como en el suelo, y acercarán nuestro marco normativo al marco europeo, sobre todo en relación con los objetivos de eficiencia y ahorro energéticos. Novedades de la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. Entre las novedades más relevantes que forman parte del nuevo texto legal cabe destacar: La configuración del deber de conservación como uno de los deberes fundamentales relacionados con el medio urbano, y, por tanto, su regulación con carácter uniforme, en el marco de las condiciones básicas de igualdad que al Estado compete establecer. La regulación básica de un Informe de Evaluación de los Edificios, que trata de superar las insuficiencias de la Inspección Técnica de Edificios, demandada por el Estado a partir del Real Decreto Ley 8/2011. Este informe, además de evaluar el estado de conservación de los edificios, aportará información acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad, e incluirá la Certificación de la Eficiencia Energética. Esta última, con un mero carácter informativo, y con independencia de que alguna de las viviendas del edificio vaya a ser puesta en venta o en alquiler. El informe sólo se exigirá a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de cincuenta años y siempre que no hayan pasado ya la Inspección Técnica de Edificios de conformidad con su propia regulación. Permitirá ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos, cuando no resulte viable, técnica o económicamente, ninguna otra solución para garantizar la accesibilidad universal y siempre que asegure la funcionalidad de los espacios libres, dotaciones públicas y demás elementos del dominio público, Se amplían las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con las operaciones de rehabilitación. Se establecen mecanismos que permitirán obtener financiación externa para que la rehabilitación sea más accesible. De manera especial, se introduce la figura de "la memoria de viabilidad económica" que acompañará a cada actuación y que podría justificar la aplicación de reglas excepcionales para vincular incrementos de edificabilidad o densidad, así como cambios a las distintas operaciones de rehabilitación, regeneración y/o renovación urbanas. Se modifican determinados regímenes de unanimidad o mayorías establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal. Así, cuando existan determinadas obras que son demandadas por las Administraciones Públicas, aunque afecten al título constitutivo o a los estatutos, serán obligatorias, como ya ocurre con algunas de ellas en la vigente regulación de la propiedad horizontal.

El Ayuntamiento de Almería aprueba una Ordenanza de ayudas a la Rehabilitación y Conservación de edificios.

CONSTRUIBLE - 16/04/2013 El Ayuntamiento de Almería ha aprobado por unanimidad, y de forma provisional, la nueva Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones para el fomento de la rehabilitación de viviendas, un texto que recoge lo que serán las bases reguladoras que se aplicarán a los procedimientos de concesión de las subvenciones para la conservación y rehabilitación de viviendas y edificios. El concejal de Urbanismo, Pablo Venzal, ha indicado que “la nueva ordenanza viene a cubrir las demandas que también ha realizado en esta materia la oposición. Además, con ella se pretende llegar a más gente, focalizar las actuaciones y corregir los problemas que pudiera existir de la aplicación de la anterior ordenanza. De ella se podrán beneficiar también los edificios que están sometidos a la ITE e, indefectiblemente, servirá para crear empleo”. La Ordenanza recoge dos modalidades o líneas de subvención: para el fomento de actuaciones de conservación y de rehabilitación de viviendas y edificios residenciales y en cada una de las convocatorias de ayuda se determinará qué actuaciones son subvencionables, la cuantía que se destina a tal fin, a conservación o a rehabilitación, los inmuebles que pueden ser objeto de las mismas, la posibilidad de acogerse a una u otra modalidad de subvención así como el ámbito o marco en el que se circunscriban estas ayudas municipales. Enlaces externos: www.aytoalmeria.es

Aprobación del Programa de rehabilitación energética de viviendas.

ESEFICIENCIA - 06/04/2013 Dentro de las medidas tomadas por el Ejecutivo en el Consejo de Ministros de 5 de abril, con el fin de mejorar el estado de conservación de los edificios de viviendas, su seguridad, habitabilidad, salubridad y accesibilidad, se pondrá en marcha próximamente un programa específico de ayudas y financiación para facilitar la ejecución de medidas de mejora de la eficiencia energética y la utilización de las energías renovables a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Con una dotación de 100 millones de euros, este programa busca promover la realización de medidas de ahorro y eficiencia sobre la envolvente y las instalaciones térmicas de los edificios existentes de uso residencial, y la incorporación de energías renovables (biomasa y geotermia, principalmente). Podrán ser beneficiarios de las ayudas o de la financiación de este programa las comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, las comunidades de bienes de los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente y las personas físicas propietarias de un edificio de viviendas unifamiliar. Obras subvencionables Se considerarán actuaciones susceptibles de ayuda las actuaciones integrales en edificios de viviendas siempre que comprendan una o varias de las siguientes medidas que mejoren la calificación energética del edificio o viviendas afectadas. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica de los edificios de viviendas existentes Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios de viviendas existentes Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones de calefacción, refrigeración y producción de agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes. La dotación económica del plan se repartirá equitativamente entre las cuatro tipologías de actuaciones anteriores. Tipo de ayudas Los mecanismos de apoyo a los proyectos y actuaciones de ahorro y eficiencia energética e incorporación de energías renovables en los edificios de uso residencial comprenden la concesión de ayudas públicas directas y/o préstamos reembolsables, según la naturaleza del proyecto. 1) Ayudas públicas directas: Las actuaciones sobre la envolvente y las instalaciones térmicas de los edificios serán objeto de ayuda pública, con un máximo de un 20% del coste elegible. 2) Préstamos reembolsables: Las actuaciones que incorporen biomasa o geotermia podrán ser financiadas, respectivamente, en unos porcentajes máximos del 80% y 100%, a un tipo de interés Euribor+0. Más info: IDAE Enlaces externos: www.idae.es

El Gobierno aprueba un nuevo Plan de Vivienda con medidas para fomentar el alquiler, la rehabilitación y apoyos a la eficiencia energética.

ESEFICIENCIA - 05/04/2013 18:00:00 El Consejo de Ministros de hoy viernes 5 de abril ha aprobado un paquete de medidas que conforman un nuevo Plan cuyo objetivo es facilitar el acceso a la vivienda a las personas con menos recursos, apoyar el alquiler, fomentar la rehabilitación y mejorar la eficiencia energética de los edificios. Entre las medidas del Ejecutivo, cabe destacar: La remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. La aprobación del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas (2013-2016) que, junto con la nueva Ley de Fomento del Alquiler, suponen un cambio de modelo en la política de vivienda. La aprobación del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios. La aprobación del Real Decreto por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. Enlaces externos: www.lamoncloa.gob.es

Las comunidades de vecinos podrán optar a ayudas para la rehabilitación de hasta 6.000 euros por vivienda

Estas ayudas para la promoción inmobiliaria procederán directamente desde el Ministerio de Fomento. Las labores de rehabilitación tendrán que llevarse a cabo para la mejora de la accesibilidad y para lograr la eficiencia energética de edificios y viviendas. La cuantían de las ayudas tiene un límite de 6.000 euros por vivienda. Estas subvenciones fueron expuestas por el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy Brey, en su comparecencia en el Debate sobre el estado de la Nación y forman parte del borrador del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana. Con estas medidas lo que se pretende lograr es impulsar el malhadado sector de la construcción. Otras de las medidas que se pretenden conseguir pasan por lograr la eficiencia energética de las viviendas de manera que las viviendas puedan ahorrar más en lo que tiene que ver con gastos de calefacción o de climatización de viviendas y edificios. Las obras tiene que involucrar a los elementos estructurales, cubiertas y cerramientos de los inmuebles. Los sectores que van a lograr aumentar su actividad son los de la electricidad, fontanería y telecomunicaciones de manera que las mismas se adapten a la normativa y a los sistemas de seguridad en caso de que se produzca un incendio en los pisos. También se busca propiciar que las comunidades de propietarios se involucren en la colocación en las azoteas de paneles solares o paneles fotovoltaicos o cualquier otra instalación que tengan que ver con las energías renovables. Otro de los objetos de las ayudas es mejorar la accesibilidad de los edificios de viviendas con la vista puesta principalmente en adultos mayores que han perdido movilidad o minusválidos físicos. Fuente: Europa Press

La justicia falla que los ingenieros industriales no pueden firmar las ITES de viviendas.

Concluye que no se acredita que su titulación cubra todos los aspectos del informe. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 ha respaldado el criterio del Concello de no aceptar ITE de inmuebles de usos residenciales realizadas por ingenieros técnicos industriales. La sala desestima un recurso del colegio oficial y concluye, tras examinar la ordenanza municipal y las materias de la carrera, que "no consta acreditado que la titulación se corresponda con la totalidad de los contenidos del informe de la ITE". La entidad recurrió contra el Concello y el Colegio Oficial de Arquitectos y reclamaba el derecho de firmar ITE de viviendas. La Administración local les reconoce exclusivamente las de inmuebles de usos industriales. El Juzgado cita de entrada el informe de un profesor universitario que concluye que "tienen capacitación técnica suficiente en los aspectos que debe cubrir el informe de ITE, incluidas las edificaciones de uso residencial", pero matiza que "en dicho juicio se incluye una modulación, señalando que dicha capacitación concurre particularmente en los titulados que hayan optado por la intensificación de construcción e instalaciones industriales", ya que la formación de estos "profundiza en los aspectos relacionados con estructuras e instalaciones". Por ello, la sala considera que "no puede acreditarse que las materias troncales y obligatorias de la titulación cubran con el grado de exhaustividad y profundidad exigible la totalidad de los contenidos de un informe de ITE de todo tipo de edificaciones". A ello añade, tras analizar los requisitos establecidos en la ordenanza viguesa, que "sin negar sus habilidades profesionales y conocimientos técnicos", los ingenieros industriales no pueden completar el proceso en caso de informe desfavorable. Para esa circunstancia "se deben incluir una serie de especificaciones sobre las obras o trabajos para subsanar las deficiencias y eliminar las patologías, estando dichas obras sujetas a licencia municipal, sin que los ingenieros industriales estén habilitados legalmente para confeccionar el proyecto en todos los tipos de edificaciones, con independencia de su uso o destino". La sentencia puede ser apelada ante el TSXG.