FEVEC destaca el potencial de la rehabilitación energética para generar empleo.

ESEFICIENCIA - 20/12/2011
La Federación Valenciana de Empresarios de la Construcción (FEVEC), e Isaval, empresa especializada en la fabricación de pinturas y comercialización de productos complementarios con marca propia, presentan un plan de choque a un sector que representa el 10% del PIB nacional, “sin que su ejecución redunde en un sobredimensionamiento del sector –como ha venido ocurriendo- sino planteando alternativas para constructores, arquitectos, aparejadores y empresarios que pasan directamente por la creación de empleo y la eficiencia energética”. Así lo ha señalado el Consejero Delegado de Pinturas Isaval, Santiago Vallejo.
La jornada que se celebró el pasado día 23 de noviembre bajo el título: “Rehabilitación Energética y medioambiental en el sector de la construcción” planteó la Rehabilitación Energética del parque residencial como una hoja de ruta que crearía empleo, además, de favorecer el objetivo marcado por la UE para 2020 de ahorro energético y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. La propuesta está basada en los modelos aplicados en otras CCAA y países donde la rehabilitación ha marcado un parte fundamental dentro del sector de la construcción.
La propuesta está basada en el aislamiento de la fachada de los edificios (ya que es por la fachada por donde se pierde el 90% de los costes de energía) a partir de la aplicación de un Sistema de Aislamiento Térmico por el Exterior (SATE), cuyo coste para el ciudadano (por vivienda) disminuye a medida que la actuación se realiza de una manera más global; es decir, por bloques de fincas o barrios enteros. La jornada contará con otras dos multinacionales de referencia en temas de aislamiento, Basf España y Knauf Insulation, que presentarán los modelos de construcción sostenible presentes en el mercado.
La empresa trabaja en la actualidad en un proyecto de Rehabilitación Energética, a través de la comercialización de su Sistema de Aislamiento Térmico. Además, la empresa ha contactado ya con varias instituciones financieras para buscar una posible vía de financiación, o línea de créditos para el cliente final, con vistas a facilitar la actuación sobre determinados edificios que presenta importantes carencias y que no se van a poder adaptar a la normativa exigible en el Código Técnico de Edificación (CTE) ni al objetivo europeo de 2020.
De acuerdo con el estudio que maneja la Asociación de Fabricantes Españoles de Lanas Minerales Aislantes (AFELMA), la rehabilitación energética podría crear alrededor de 200.000 empleos, con una reducción estimada de la prestaciones por desempleo de mil millones de euros, a los que habría que sumar 866.000 millones de ingresos en las arcas públicas por recaudación de IVA e IRPF, así como pagos a la Seguridad Social. Esta asociación tiene claro que la importancia de la rehabilitación de viviendas está fuera de toda duda. Ya que una actuación sobre 400.000 viviendas, permitiría ahorrar 190.000 toneladas de petróleo y 508.000 toneladas de CO2; es decir un 50% en ambos casos.
Del mismo modo, existe un proyecto europeo en la línea de satisfacer los objetivos marcados por la Unión Europea para 2020, “Estudio sobre la generación de empleo en la rehabilitación y modernización energética de edificios y viviendas” que demuestra el potencial de la rehabilitación de edificios y viviendas de la actualidad a 2020, que prevé la rehabilitación de 565.000 viviendas la año, alcanzando en 2040 un porcentaje acumulado de rehabilitación del 58% del parque existente actual.

Nueva aplicación web gratuita para el cálculo de la eficiencia energética en el sector doméstico.

Publicado en ESEFICIENCIA - 22/11/2011
Con el objetivo de fomentar entre los propietarios de viviendas la necesidad de ahorrar energía de forma eficiente, nace ahorratuenergia.es, una aplicación web gratuita que informa a sus usuarios de los consumos energéticos. Con un uso sencillo, el propietario podrá conocer también los costes asociados actuales de sus inmuebles y de las potenciales mejoras energéticas que pueden aplicar estimando el ahorro que suponen, tanto energético como económico.
Ahorratuenergia.es es una aplicación de libre acceso en la que los usuarios rellenan un sencillo cuestionario sobre el estado de su vivienda (año de construcción, localización e instalaciones). Tras esto, recibirá un completo informe, sin coste alguno ni compromiso, en el que se resumen las actuaciones que podrían acometer para conseguir el mayor ahorro energético y económico posible en sus hogares en caso de plantearse una rehabilitación del inmueble.
Como complemento de lo anterior, ahorratuenergia.es incluye una estimación de la calificación de eficiencia energética de la vivienda en su situación actual y con la aplicación de las mejoras energéticas que el usuario ha seleccionado. Es, por tanto, la primera aplicación existente en España que facilita dicha calificación.
De esta forma se cumple un doble objetivo: por una parte colaborar con los propietarios para que tengan unas viviendas más eficientes y sostenibles, más confortables y con más valor y, en segundo lugar, fomentar en la sociedad la cultura del ahorro y el uso responsable de la energía en los edificios, donde pasamos la mayor parte de nuestra vida.
Además de los propietarios como primeros interesados, la aplicación está dedicada a otros tres perfiles de usuarios como administradores de fincas, agentes inmobiliarios y técnicos ITE o ESE. Estos grupos profesionales tienen en común que prestan diversos servicios a los propietarios de viviendas y encontrarán en Ahorratuenergía.es una sencilla herramienta de gran utilidad para aumentar el valor de sus servicios.
Ahorratuenergia.es es una iniciativa de ETRES Consultores, una empresa con una reconocida experiencia en el sector de la rehabilitación energética que ha percibido la creciente inquietud de los usuarios por disponer de información clara y útil para tomar decisiones a la hora de rehabilitar energéticamente viviendas o edificios.


Enlaces externos:
www.ahorratuenergia.es

Rehabilitación y Refuerzo Estructural de Vivienda Unifamiliar entre medianeras para su remonte posterior con dos plantas más en Alhaurín de la Torre.



Para el posterior remonte de la vivienda con dos plantas más se ha procedido a reforzar la estructura existente de esta vivienda, para ello se ha descubierto los pilastrones de ladrillo y su cimentación mediante zapatas y zanjas corridas y se han aplicado refuezos metálicos y se han hormigonado zapatas de mayores dimensiones que garanticen el soporte de la ampliación pretendida.

Ordenanza sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones de Torremolinos

El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga ha publicado la Ordenanza sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones de Torremolinos, cuyo Título II se ocupa de las inspecciones técnicas de los edificios, describiendo el contenido mínimo de los informes y estableciendo los plazos máximos generales de presentación para el primer informe certificado de la inspección técnica de la edificación.

Los plazos empezarán a contar desde la misma fecha de entrada en vigor de la ordenanza, que se produce a los 15 días de la publicación oficial, resultando:


a)       Edificios protegidos por cualquier norma urbanística y los edificios que a la entrada en vigor de esta ordenanza tengan más de 50 años de antigüedad: 2 años.
b)      Los edificios que al entrar en vigor esta ordenanza tengan entre 25 y 50 años de antigüedad: 5 años.
c)       Edificios que a la entrada en vigor de la ordenanza tengan entre 10 y 25 años de antigüedad: 10 años.
d)      Los edificios que al entrar en vigor esta ordenanza tengan menos de 10 años de antigüedad, deberán presentar el primer informe de inspección técnica de la edificación dentro del año siguiente a aquel en que cumplan los 20 años de antigüedad.

El informe de inspección técnica de la edificación deberá renovarse periódicamente, dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido 15 años, para los edificios con menos de 50 años de antigüedad, y 10 años para los de 50 o más años de antigüedad.

Se ponen en marcha nuevas medidas para impulsar la rehabilitación y reforzar la seguridad jurídica en el sector inmobiliario.

CONSTRUIBLE - 08/07/2011
El Boletín Oficial de Estado ha publicado el Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros del pasado viernes para fomentar la protección social de los ciudadanos, la sostenibilidad de las finanzas públicas y la actividad empresarial. Dicha norma incorpora, en materia de edificación y vivienda, una serie de medidas para impulsar la rehabilitación y reforzar la seguridad jurídica en el sector inmobiliario, además de las ya anunciadas de apoyo a los deudores hipotecarios.
Medidas para el fomento de las actuaciones de rehabilitación
La mejora de la calidad y la sostenibilidad en el medio urbano hacen necesario impulsar la rehabilitación complementando los contenidos de la Ley de Economía Sostenible.
En el Real Decreto-ley aprobado se promueven medidas para favorecer la viabilidad y eficacia de las actuaciones de rehabilitación de edificios y de regeneración urbana, suprimir las trabas que las dificultan, y promover la accesibilidad universal.
Así, se impulsa lo que se entiende por rehabilitación en el medio urbano, que engloba actuaciones de conservación, mejora y regeneración urbana. Para asegurar su buen estado y debida conservación, se establece como obligatoria una Inspección Técnica (ITE) de los edificios de uso residencial y más de 50 años, situados en los municipios de más de 25.000 habitantes, salvo que las Comunidades Autónomas fijen una antigüedad u estándares poblacionales distintos, así como en aquellos que las Administraciones incluyan en las áreas o entornos que delimiten.
También se impulsa la rehabilitación edificatoria a través de la mejora de la calidad y sostenibilidad de los edificios con bajas condiciones de habitabilidad, que podrán establecerse como necesarias en zonas concretas que así lo requieran, mediante planes y programas de rehabilitación municipales y autonómicos.
Asimismo, se establece la posibilidad de acometer actuaciones de regeneración urbana en áreas o ámbitos urbanos vulnerables, obsoletos o degradados, con la finalidad de lograr el cumplimiento de los principios de cohesión territorial y social.
Se facilitan las actividades de rehabilitación ofreciendo nuevos instrumentos de gestión y ampliando las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas, para, por ejemplo, poder ser beneficiarias directas de ayudas o para poder actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica en toda clase de operaciones, incluidas las crediticias.
Seguridad jurídica en materia inmobiliaria
El Real-Decreto-ley incluye nuevas medidas para reforzar la seguridad jurídica en el sector inmobiliario que complementan las aprobadas en los últimos años para racionalizar las actuaciones sobre el territorio, combatir la especulación con el suelo y luchar contra la corrupción y el fraude.
Entre las modificaciones que incorpora la nueva norma destacan, entre otras, las siguientes:
  • El establecimiento del silencio negativo para que el retraso en la contestación por parte de la Administración municipal no permita a los particulares y promotores inmobiliarios obtener licencia para ejecutar parcelaciones, construcciones u ocupar edificios de nueva planta sin supervisión municipal previa. Con ello se trata de evitar que se consoliden actuaciones que tienen una gran repercusión en contra del interés general y de la legalidad urbanística. Los Ayuntamientos, por tanto, están obligados a resolver expresamente.
  • El incremento de la protección de los adquirentes de vivienda cuando la compra se realice directamente al promotor inmobiliario ya que no será posible inscribir en el Registro ninguna obra nueva ya terminada si no consta, la licencia de primera ocupación además de los requisitos tradicionales de la licencia de obras y la certificación técnica de que la obra corresponde al proyecto que obtuvo la licencia.
  • La inscripción en el Registro de la Propiedad, con carácter preceptivo, de la incoación de expediente sobre disciplina urbanística o de aquéllos que tengan por objeto el apremio administrativo para garantizar el cumplimiento de sanciones impuestas. En todo caso, la incoación de expedientes de disciplina urbanística que afecten a actuaciones por virtud de las cuales se lleve a cabo la creación de nuevas fincas registrales por vía de parcelación, reparcelación en cualquiera de sus modalidades, declaración de obra nueva o constitución de régimen de propiedad horizontal, la Administración estará obligada a acordar la práctica en el Registro de la Propiedad de la anotación preventiva. Con ello se evita que terceros adquirentes de buena fe deban soportar las consecuencias de actuaciones en las que no han sido parte.
  • El acceso al Registro de la Propiedad de las situaciones de fuera de ordenación en las que quedan los inmuebles en los que han prescrito las infracciones urbanísticas correspondientes, manteniéndose el resto de limitaciones propias de este régimen de fuera de ordenación.

RD Ley 5/2011, la deducción del 20% por obras de rehabilitación de viviendas está en vigor desde el pasado 7 de mayo


Esta medida podrá aplicarse únicamente a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012.
La ampliación del 10% al 20% de la deducción en el IRPF por rehabilitación de viviendas entró en vigor el pasado 7 de mayo, tras ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta medida podrá aplicarse únicamente a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012. Las obras podrán llevarse a cabo tanto en primeras como en segundas residencias (incluidas las que se pongan en alquiler), con la única excepción de que no estén relacionadas con las actividades económicas del contribuyente.

Ayudas del Ayuntamiento de Málaga para las ITES de edificios con obligación de inspeccionarse antes del 31 de Diciembre de 2011

http://urbanismo.malaga.eu/urbanismo/urbanismo/portal/menu/seccion_0004/secciones/subSeccion_0005

El día 25 de septiembre de 2008, la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Málaga aprobó definitivamente la Ordenanza para el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento del cumplimiento de la obligación de presentación del informe de Inspección Técnica (ITE) de las edificaciones sitas en el termino municipal de Málaga.
El pasado día 13 de junio se publicó en el BOP de Málaga la Convocatoria de Subvenciones para los edificios obligados a ser inspeccionados antes del 31 de diciembre de 2011.

En esta convocatoria pueden solicitar la subvención los titulares de edificaciones construidas entre los años 1932 y 1956, ambos inclusive, y que tengan obligación de presentar el informe de ITE en el ejercicio 2011.

El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el 1 al 15 de julio, ambos inclusive.

El horario de atención al público para consultas será de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 horas en la Oficina de Atención de la Gerencia Municipal de Urbanismo sita en Paseo de Antonio Machado nº 12. También puede obtener información en los teléfonos 951928138, 951928246 y 951928143, en horario de oficinas, y en el teléfono de información municipal 010 durante 24 horas, todos los días del año.

Para las consultas específicas sobre subvenciones de la ITE, se requiere cita previa, y se atenderán en la Sección Técnica de ITE, sita en Paseo de Antonio Machado, nº 12, 6ª-7ª planta, modulo A, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Ayudas del Ministerio de Fomento para la Rehabilitación de viviendas

http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/ARQ_VIVIENDA/_AYUDASVIV/REHABILITACION/

Para ver las Ayudas del Ministerio de Fomento para la Rehabilitación de viviendas.

Ayudas para la rehabilitación de la vivienda

Qué se entiende por rehabilitación

Obras que se realizan para la mejora de viviendas y edificios.
Rehabilitación de edificios: adecuación estructural y funcional de los edificios dedicados a viviendas.
  • Adecuación estructural: obras que garanticen la seguridad en la estructura del edificio.
  • Adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio condiciones suficientes de acceso, estanquidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc.
Rehabilitación de viviendas: adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
  • Conseguir condiciones mínimas de superficie útil, distribución interior, instalaciones de agua, electricidad, gas, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico y acústico.
  • Obras para ahorrar consumo energético o adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio, saneamiento o supresión de barreras arquitectónicas.
  • Ampliación del espacio habitable, según planteamiento urbanístico, hasta 120 m2 útiles.

Requisitos que deben cumplirse para la percepción de las ayudas a la rehabilitación

Requisitos de los inmuebles

Requisitos comunes a edificios y viviendas.
  • Antigüedad mínima de 15 años (excepto supresión de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad o para adaptación de instalaciones a la normativa técnica, si esta es posterior a la fecha de terminación del edificio).
  • Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.
Requisitos específicos para edificios.
  • Que la superficie útil destinada a vivienda, sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio (excluida la planta baja cuando no se destine a vivienda).
  • Si se modifica la superficie útil destinada a viviendas, que esta no supere nunca 120 m2.

Requisitos de los destinatarios de las ayudas

Quién puede recibir una ayuda a la rehabilitación.
  • Los usuarios de las viviendas, sean propietarios o arrendatarios y las comunidades de propietarios.
Qué condiciones deben cumplir los destinatarios de las ayudas a la rehabilitación.
  • Las condiciones generales para acceder a la financiación cualificada.
  • Rehabilitación de edificios, que al menos el 60% de los usuarios de las viviendas tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el SMI.
  • Rehabilitación de viviendas, que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI.

Tipo de ayudas

Préstamos cualificados

Tendrán las características comunes a todos los préstamos cualificados.
Y las propias siguientes:
  • Podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegido.
  • Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de edificios: 20 años, con un periodo de carencia de 3 años.
  • Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de viviendas: 10 años, con un periodo de carencia de 1 año.
  • En el caso de rehabilitación de edificios, todos los usuarios de las viviendas podrán tener acceso a préstamos cualificados, aunque no cumplan los requisitos de ingresos familiares.
Subsidiación de préstamos: el Ministerio de Vivienda podrá subsidiar los prestamos cualificados para la rehabilitación de edificios que figuran en el apartado anterior:
  • 20% de la cuota del préstamo , cuando el titular del préstamo sea el arrendatario o el propietario de una o varias viviendas en el edificio rehabilitado y sus ingresos familiares no superen 5,5 veces el SMI.
  • Este límite de ingresos no se exigirá cuando el titulara del préstamo sea el propietario de una o más viviendas arrendadas, con un contrato sujeto a prórroga forzosa y celebrado antes de la entrada en vigor de la LAU.
Subvenciones: el Ministerio de Vivienda subvencionará:
  • Rehabilitación de edificios: se podrá optar alternativamente por, el subsidio de préstamo del párrafo anterior. Una subvención máxima por vivienda de:
    • 1.240 €: General
    • 3.100 €: Ingresos inferiores a 3,5 SMI
    • 3.410 €: Si además tienen mas de 65 años
    • 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa
  • Rehabilitación de viviendas
    • Subvención del 25% del presupuesto protegido, con un máximo de 2.480 €
    • Si tiene más de 65 años, la subvención será del 35%, con un máximo de 3.100 €
    • Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: subvención del 35% , con un máximo de 3.410 €
    • 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa

Para ver las subvenciones para la renovación de ventanas e instalaciones de iluminación y climatización de la Junta de Andalucía

Para ver las diferentes subvenciones puede visitar la página de la Agencia Andaluza de la Energía

   Entre las NOVEDADES incorporadas por la Orden de 7 de diciembre de 2010, se encuentra la imcorporación de los Programas Específicos, con objeto de impulsar las actuaciones de aprovechamiento de las energías renovables, el ahorro energético o la mejora de las infraestructuras energéticas.

      Se contemplan cinco Programas Específicos: Programa PROSOL, Programa de Vehículos Eficientes, Plan Renove de Ventanas de Andalucía, Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía y Programa de Climatización Eficiente de Andalucía.

      En todos estos Programas se tramitan las solicitudes a través de las empresas colaboradoras, proveedoras del bien o servicio subvencionado, con lo que se facilita el acceso de los ciudadanos y PYMEs a las subvenciones y se contribuye a la creación de un tejido empresarial especializado.

      Mediante Resolución de 22 de de diciembre de 2010, la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energético, convoca la adhesión de empresas autorizadas y colaboradoras en la gestión de determinados Programas Específicos de carácter periódico para el fomento del ahorro y la eficiencia energética en edificios y sus instalaciones.

Se procede al Reparto de Proyectos de Rehabilitación autonómica en Alhaurín de la Torre

Estos proyectos redactados por Arquisurlauro s.l.p. permitirán a siete familias alhaurinas beneficiarse de una subvención para rehabilitar sus casas.

El Ayuntamiento entrega a 25 familias los proyectos para mejorar sus hogares

La Junta ayuda a los vecinos con 271.000 euros, la mitad del coste total de los trabajos de rehabilitación presupuestados

Desde ayer, un total de 25 familias de Álora pueden iniciar las obras de mejora en sus viviendas gracias a las ayudas concedidas por la Junta de Andalucía mediante el programa de Rehabilitación Autonómica. El alcalde de Álora, José Sánchez; el delegado provincial de Hacienda y Administración Pública, Rafael Fuentes; y el concejal de Hacienda, José Aguilar, asistieron en la mañana de ayer a la entrega de los proyectos de obra.

Proyectos realizados y dirigidos por Arquisurlauro

El programa de Rehabilitación Autonómica, contemplado en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo, permite acometer obras de seguridad estructural y constructiva, de estanqueidad frente a las lluvias y eliminación de humedades, así como de mejoras de la iluminación natural, de la ventilación interior de los inmuebles y la renovación de las instalaciones de suministro de agua, gas, electricidad y saneamiento.

En el caso de Álora, las obras a ejecutar supondrán un coste de 542.000 euros, de los cuales la Junta aportará 271.000 euros en concepto de subvención. Una vez entregado el proyecto, los beneficiarios de la subvención tienen un plazo de cuatro meses para empezar la obra y un total de ocho meses para concluirla.

El alcalde de Álora destacó la repercusión que tienen estas ayudas en la generación de empleo en el municipio, puesto que hacen posible que muchas familias contraten albañiles y técnicos y compren los materiales necesarios para acondicionar sus hogares.